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Mantente informado sobre los horarios por terminales:
AdP recomienda contactarse directamente con su aerolínea.
Todo pasajero debe presentar sus documentos al momento de embarcarse.
En vuelos nacionales
Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente o no vigente, pasaporte o licencia de conducir emitido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y su pase de abordar (boarding pass).
Acta o Partida de Nacimiento, o DNI vigente o no vigente y su pase de abordar (boarding pass) con la constancia del pago de la Tarifa Aeroportuaria (solo para compañías aéreas sin convenio de inclusión de la Tarifa Aeroportuaria).
Acta o Partida de Nacimiento, y DNI vigente o no vigente o DNI vencido (amarillo) y su pase de abordar (boarding pass) con la constancia del pago de la Tarifa Aeroportuaria (solo para compañías aéreas sin convenio de inclusión de la Tarifa Aeroportuaria).
La tarifa varía según el aeropuerto: Verifique su tarifa aquí .
En vuelos internacionales
Pasaporte con una vigencia mínima de seis (6) meses, visa (según el país que corresponda) y su pase de abordar (boarding pass) con la constancia del pago de la Tarifa Aeroportuaria (solo para compañías aéreas sin convenio de inclusión de la Tarifa Aeroportuaria).
Bolivia, Colombia y Ecuador: Con ocasión de los acuerdos de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay y Venezuela: Con ocasión de diversos acuerdos bilaterales que exoneran de usar pasaporte en viajes de turismo.
Dependiendo del país al que se viaje pueden exigirse documentos adicionales. Deberá hacerse la consulta en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/355-documentos-necesarios-para-viajar-fuera-del-pais
La tarifa varía según el aeropuerto: Verifique su tarifa aquí .
Si tuviera un caso extraordinario no detallado anteriormente, adjuntamos el enlace de la Documentación permitida para viajes: Documentos Permitidos para Viajar (según el Oficio Circular N°17-2011-MTC/12.04) .
AdP ha implementado salones VIP (Centros de Negocios) en los aeropuertos de Anta, Cajamarca, Chiclayo Iquitos, Piura, Pucallpa, Tarapoto, Talara, Trujillo y Tumbes Esto establecimientos cuentan con servicio de catering, computadoras portátiles, internet inalámbrico, aire acondicionado, televisión con cable, entre otros. La empresa que opera dichos establecimientos es Caral y el ingreso estará de acuerdo con las condiciones del establecimiento.
Todas las sedes aeroportuarias cuentan con estacionamientos. Cada una de nuestras playas de estacionamiento cuentan con señalética ubicada tanto en la entrada, como al costado de la caseta para el pago del mismo, en las que se establece las tarifas y condiciones a ser aplicadas teniendo en cuenta el tipo de vehículo, así como el tiempo de permanencia (tarifa horaria, estacionamiento prolongado y pérdida de ticket) y la aplicación del tiempo de tolerancia una vez efectuado el pago del ticket.
La Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) es la tarifa o precio pagado por los usuarios de los aeropuertos concesionados a Aeropuertos del Perú S.A., por la puesta a disposición de diversos servicios aeroportuarios, utilizados durante su proceso de embarque. El control del pago de la mencionada tarifa es realizado antes del ingreso a la zona de control de seguridad de cada uno de los aeropuertos, diferenciando a los pasajeros de vuelos nacionales e internacionales.
Para más información sobre la TUUA y los métodos de pago, puede ingresar al siguiente enlace.
Todo pasajero que vaya a embarcarse en un determinado vuelo operado por cualquier compañía aérea, pasará por los controles de seguridad de la línea aérea al momento de registrar su equipaje y posteriormente los controles de seguridad propios de AdP.
AdP revisará al pasajero y su equipaje de mano, con el fin de evitar que se introduzcan a la aeronave armas, explosivos y objetos peligrosos de acuerdo con la normativa vigente.
AdP pone disposición de los usuarios en todas las sedes aeroportuarias, carritos s portaequipajes de los que se puede disponer libres de todo cargo.
Procedimiento de Lost and Found
Lista de objetos no custodiados
Cada aeropuerto cuenta con un módulo en el cual podrá presentar sus sugerencias o reclamos, a través de un formato existente. Adicionalmente, el usuario podrá presentar su reclamo a través de nuestra página web.
Enlace para presentar su reclamo o sugerencia: Aquí
Asimismo, la atención y presentación de reclamos o sugerencias por servicios brindados por los locatarios (restaurantes, cafeterías, empresas de taxi, módulos de hotel y otros) dentro de nuestros Aeropuertos, deberán ser presentados en el Libro de Reclamos de la empresa que le brindó el servicio.
Si el motivo de pérdida de vuelo está considerado como una causal de revalidación de la tarifa aeroportuaria no volverá a pagar el importe; caso contrario contacte con la aerolínea y personal encargado del aeropuerto.
En caso de presentarse una situación distinta a lo indicado en el párrafo anterior, ver el siguiente párrafo, donde encontrará las causales de revalidación de TUUA:
Supuestos específicos en los que se revalidará la TUUA en los aeropuertos de provincias del Perú, bajo el ámbito de competenci de Ositran.
1. Demora o cancelación del vuelo, a consecuencia de Foreign Object Damage (FOD) en el aeropuerto.
2. Demora o cancelación del vuelo, a consecuencia de fauna silvestre o peligro aviario en el aeropuerto.
3. Alerta de bomba en el aeropuerto.
4. Cierre de aeropuerto de destino.
5. Comprobado el mal estado de salud del pasajero, debiendo acreditarse el mismo exclusivamente mediante documento del médico asignado al aeropuerto, del médico de la Dirección de Sanidad Aérea Nacional o Internacional, o mediante decisión del capitán de la aeronave en la que el pasajero fuera a embarcarse.
6. Detención o retraso determinante, causados por problemas de homonimia generada por las autoridades migratorias o policiales.
7. Demora o cancelación del vuelo debido a condiciones meteorológicas comprobadas.
8. Demora o cancelación del vuelo debido a la emisión de un NOTAM por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) o por la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. (CORPAC S.A.).
9. Demora o cancelación de vuelo por daños ocurridos en la pista de aterrizaje de Aeropuerto.
10. Las veces que un pasajero sospechoso de tráfico ilícito de drogas (TID) bajo la modalidad de ingesta, es intervenido y trasladado a un área fuera de la zona restringida del aeropuerto y, de forma posterior, se descarte toda sospecha de TID, por lo cual el pasajero podrá continuar su proceso de embarque, previamente interrumpido por acciones fuera de su responsabilidad.
Sí. De acuerdo con el inciso g) del numeral 6.2 del ítem 6 del artículo 4 del Reglamento de Comprobantes de Pago, la Tarifa Única de Uso Aeroportuario (TUUA) constituye un documento autorizado que permite sustentar costo o gasto para fines tributarios por los servicios aeroportuarios prestados a favor de los pasajeros por la empresa concesionaria del aeropuerto.
Para la emisión de dichos documentos se podrá utilizar los siguientes mecanismos:
De acuerdo con la Normativa vigente los explotadores aéreos son los responsables de la inspección del equipaje facturado o de bodega. Sin embargo, en los aeropuertos de Chiclayo, Iquitos, Piura y Trujillo se cuenta con máquinas de rayos X para la inspección del equipaje facturado, operado por el Servicio Especializado Aeroportuario (SEA) SECURITAS.